sábado, 21 de mayo de 2011

ley de salarios maximos

LEY DE SALARIOS MAXIMOS

El año pasado en zacatecas se aprobó la ley de salarios máximos del estado de zacatecas en ese entonces el promotor de esta ley era el diputado local Guillermo Huizar, esta ley marca que el gobernador Miguel Alonso Reyes gana 98mil 700 pesos mensuales y que nadie podrá ganar más  que el . E l objetivo de dicha ley es poner en orden el pago de salarios y que el dinero obtenido se construyan obras, esta ley es propuesta ya que Huizar expreso que el sistema de remuneración  del gobierno de Amalia García Medina es un esquema mentiroso.
Refirió como ejemplo las irregularidades el sueldo de la ex gobernadora Amalia García Medina, que mensualmente devenga cerca de 160 mil pesos, pese a que el tabular establece 49 mil 479 pesos con 84 centavos como sueldo. Abundó que el salario de la ex mandataria se eleva en casi 110 mil pesos más por mes por las compensaciones, sobresueldos y bonos, dato que tiene en su poder por haber sido integrante de la Comisión de Vigilancia de la Legislatura zacatecana.
Con la entrada en vigor de la Ley de Salarios Máximos (LSM) la percepción total del  gobernador, incluyendo bonos, compensaciones y sobresueldos, no deberá de exceder los casi 99 mil pesos. Huizar Carranza señaló que en la nueva legislación no se regularon los salarios de los diputados locales, por no considerarse necesario.
Explicó que un diputado local gana actualmente 83 mil pesos mensuales y que según la normatividad que ya entró en vigencia podrán ganar hasta casi 99 mil pesos. El Poder Legislativo local también aprobó modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, con el fin de que las pensiones de los magistrados sean disminuidas.
Ahora que conocemos esto ustedes creen que en verdad se estén cumpliendo estos salarios, si   esto es cierto solo espero que en verdad sean tan buenos trabajando así como son buenos para cobrar.



sábado, 14 de mayo de 2011

EL IFE

El IFE
Hola a todos hoy les hablare acerca de un organismo importante en nuestro país porque de él depende que la democracia se lleve a cabo en total legalidad así que primero les pongo una pequeña definición de lo que es el instituto federal electoral IFE, también sus atributos, sus principios por los cuales se rige y sus principales funciones.



                                                                      ¿Qué  es el IFE?
Es el organismo público autónomo responsable de cumplir con la función del Estado de organizar las elecciones federales, es decir las referentes a la elección de Presidente de la República y de los Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión.





Principales atributos
El Instituto Federal Electoral es un organismo de carácter permanente e independiente en sus decisiones y funcionamiento, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios.
En su integración participan el Poder Legislativo, Partidos Políticos Nacionales y Ciudadanos.
Para el desempeño de sus funciones, cuenta con un cuerpo de funcionarios integrados en un Servicio Profesional Electoral y en una rama administrativa.
Su sede central está ubicada en el Distrito Federal y ejerce sus funciones en todo el territorio nacional con 32 delegaciones, una en cada Estado y 300 subdelegaciones, una en cada distrito electoral uninominal.

Principios por los que se rige.
1. CERTEZA. Alude a la necesidad de que todas las acciones que desempeñe el Instituto Federal Electoral estén dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean completamente verificables, fidedignos y confiables.
2. LEGALIDAD. Implica que en todo momento y bajo cualquier circunstancia, en el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas el Instituto Federal Electoral, se debe observar, escrupulosamente, el mandato constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamentan.
3. INDEPENDENCIA. Hace referencia a las garantías y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido.
4. IMPARCIALIDAD. Significa que en el desarrollo de sus actividades, todos los integrantes del Instituto Federal Electoral deben reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política.

5. OBJETIVIDAD. Implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y, consecuentemente, la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer institucional.

Principales actividades.
El Instituto Federal Electoral tiene a su cargo en forma integral y directa todas las actividades relacionadas con la preparación, organización y conducción de los procesos electorales federales, así como aquellas que resultan consecuentes con los fines que la ley le fija.
Entre sus actividades fundamentales se pueden mencionar las siguientes:
  • Capacitación y educación cívica.
  • Geografía electoral.
  • Derechos y prerrogativas de los partidos y agrupaciones políticas.
  • Padrón y listas de electores.
  • Diseño, impresión y distribución de materiales electorales.
  • Preparación de la jornada electoral.
  • Cómputo de resultados.
  • Declaración de validez y otorgamiento de constancias en la elección de diputados y senadores.
  • Regulación de la observación electoral y de las encuestas y sondeos de opinión.
  • Administración del tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión.

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